La reforma del Reglamento de Extranjería facilita la regulación de menores y jóvenes migrantes

La reforma del Reglamento de Extranjería aprobada por el Gobierno permitirá a unos 15.000 jóvenes tutelados y ex tutelados por la administración acceder de forma más sencilla a su documentación cuando cumplan la mayoría de edad y conseguir un empleo, algo que les rescatará del limbo legal en el que muchos se encontraban al llegar a los 18 años por la rigidez de la normativa. “Hay que facilitarles las posibilidades de acceso al mercado laboral y a la documentación y por supuesto a los que han estado tutelados no se les puede dejar en la calle sin más, hay que protegerlos y darles oportunidades. Y para ello es imprescindible que estén regularizados”, afirma el presidente de la Subcomisión de Extranjería y Protección Internacional, Blas Jesús Imbroda. “Lo contrario lleva a que estos menores queden, cuando alcancen la mayoría de edad, en una situación de exclusión social a la que se les ha obligado”. Esta reforma era una reivindicación de la Abogacía Española -en febrero de este año se pidió la modificación de los artículos que finalmente se han incluido en el Real Decreto-, como recuerda Imbroda, que asegura que “estamos muy satisfechos con esta reforma”, y lo que supondrá para los menores. Se acorta de nueve a tres meses el plazo para acreditar la imposibilidad de retorno y que las oficinas de extranjería comiencen a tramitar de oficio su documentación. Las autorizaciones iniciales aumentan su vigencia de uno a dos años y las autorizaciones de renovación serán cada tres años. Y habilitarán para trabajar cuando el menor alcance los 16 años. También se crea un régimen propio para los menores no acompañados que alcanzan la mayoría de edad. Los que lleguen a los 18 años documentados, podrán renovar sus papeles de forma más sencilla al incluirse, entre otras novedades, la acreditación de medios suficientes del 100% del Ingreso Mínimo Vital -470 euros al mes-, salvo que la institución de acogida o el programa de tránsito a la vida adulta al que el joven esté acogido “proporcionen su sustento”, y también se permite que se computen los ingresos procedentes de un empleo o del sistema social. En cuanto a los que cumplan 18 sin documentar, podrán solicitar una autorización de residencia y trabajo bajo estos mismos requisitos, sin exigencias añadidas como ocurre en la actualidad. En ambos casos, se tendrán en cuenta informes sobre esfuerzo de integración, continuidad de estudios o formación. Finalmente, para los jóvenes ex tutelados que actualmente tienen entre 18 y 23 años y no cuentan con documentación en regla, podrán acogerse a un nuevo procedimiento con el que accederían a la misma autorización prevista para menores que llegan a los 18 sin documentar, en su caso de forma retroactiva. En el proceso de elaboración de este Real Decreto, impulsado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, han participado, además de la Abogacía Española, particulares, entidades del tercer sector y comunidades autónomas, y se han recibido más de un centenar de aportaciones durante su tramitación.

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